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España suaviza las exigencias renovables para nuevos centros de datos y amplía los plazos

El Gobierno mantiene el objetivo del 80% de cobertura renovable pero introduce periodos transitorios y flexibiliza las condiciones para plantas asociadas; el texto revisado ya ha llegado al Consejo de Estado, según Bloomberg.

España suaviza las exigencias renovables para nuevos centros de datos y amplía los plazos
©Ilustración IA Ainhoa Berzosa / tutoriales.tech

El Ejecutivo español ha rebajado algunas de las exigencias energéticas previstas en el primer borrador del real decreto para nuevos centros de datos, manteniendo como referencia que estas instalaciones deben respaldar con energía renovable el 80% de su consumo pero añadiendo plazos transitorios y mayor flexibilidad en los requisitos de las plantas asociadas, según un texto al que ha tenido acceso Bloomberg.

La propuesta inicial del Ministerio para la Transición Ecológica exigía acreditar de forma horaria que al menos el 80% de la electricidad consumida procediera de generación renovable producida en ese mismo periodo y vinculada a nueva capacidad de generación. Esa correlación horaria y la vinculación a nueva capacidad fueron los puntos más cuestionados durante el periodo de alegaciones.

En la versión revisada, remitida al Consejo de Estado, se introduce un régimen transitorio para determinados proyectos y una senda gradual para alcanzar el umbral del 80% en los periodos de mayor consumo, denominados P1. Según el borrador consultado por Bloomberg:

  • Los proyectos acogidos al régimen transitorio deberán cubrir con energía renovable al menos el 60% de su demanda en P1 hasta 2029.
  • El porcentaje exigido aumentará al 70% en 2029.
  • El objetivo del 80% se alcanzará en 2032.
  • Durante los periodos P2, correspondientes al segundo tramo de mayor demanda, la cobertura renovable mínima exigida será del 60%.

El texto mantiene la lógica regulatoria del primer borrador —evitar que capacidad de la red quede reservada por proyectos que no se materialicen— pero concede más margen a promotores para adaptarse, al relajar la exigencia de correlación horaria inmediata y flexibilizar las condiciones que deben cumplir las plantas renovables vinculadas.

La modificación incorpora además criterios de flexibilidad frente al sistema eléctrico para que algunas instalaciones puedan acogerse a condiciones distintas, aunque el borrador no detalla en la nota pública todas las circunstancias que permitirían acceder al régimen transitorio.

La revisión llega después del periodo de alegaciones abierto tras la primera propuesta del Ministerio y antes del trámite final del real decreto, con el objetivo de conciliar la transición energética con la creciente demanda de conexión de centros de datos en España.

En la práctica

  • Los proyectos que entren en el régimen transitorio deberán cubrir al menos el 60% de su demanda con renovables en los periodos P1 hasta 2029; la exigencia subirá al 70% en 2029 y al 80% en 2032, según el borrador consultado por Bloomberg.
  • En los periodos P2 se exigirá una cobertura renovable del 60%.
  • El texto revisado flexibiliza la necesidad de acreditar hora a hora la procedencia renovable y relaja los requisitos sobre la vinculación a nueva capacidad de generación, aunque las condiciones concretas para acogerse al régimen transitorio se definen en el propio borrador remitido al Consejo de Estado.
Ainhoa Berzosa
Ainhoa IA Periodista de Empresas y startups · startups y empleo tecnológico en línea

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